LEY DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES DESTINADOS A VIVIENDA
Esta nueva ley sobre arrendamiento de viviendas es absolutamente contraria a las leyes anteriores y vigentes que regulan la misma materia. Su inspiración es de carácter Liberal y Capitalista. Se desarrolla en apenas una treintena de artículos. Se nota una marcada desregularización por influencia política de quienes tutelan al Estado venezolano en estos tiempos. Aquí presentamos un resumen con sus principales claves. Los arrendadores que quieran liberarse del yugo de las anteriores leyes de arrendamiento, pueden recurrir a la celebración de un nuevo contrato. Para asesoría sobre esta materia, escribe a veritaslex4@gmail.com
DERECHO A COBRAR HONORARIOS DEL ABOGADO DEL VENCEDOR AL VENCIDO EN JUICIO CONTENCIOSO
Este procedimiento que aparece sencillo y breve, ha sido objeto de multiples interpretaciones y aplicaciones equivocdas, tanto por los jueces de instancia como por la Sala de Casación Civil y aun por la Sala Constitucional. En el blog de esta página web hemos publicado varias críticas a sentencias erradas en la aplicación del procedimiento estatuido en los artículos que se mencionan en esta publicación. La retasa de los honorarios cobrados al condenado en costas es obligatoria, por mandato del artículo 286 CPC. Con esta publicación, esperamos contribuir en algo a una mejor comprensión de este procedimiento que es tan importante para el abogado litigante. Estamos abiertos al debate. Se agradece su difusión.
CESIÓN DE CRÉDITO, NOTIFICACIÓN AL DEUDOR CEDIDO, CONDENA EN COSTAS Y HONORARIOS DE ABOGADO
Verdadera doctrina de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en cuyos criterios se refleja la sabiduría de aquellos magistrados sobre el tratamiento de un tema de trascendental importacia para el abogado litigante, que aspira al pago de sus honorarios como justa contraprestación a la ardua labor de litigar a favor de su cliente y la justicia.
DEFINICÓN DEL DELITO DE STAFA POR SUS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
Cuando nos topamos con una sentencia que contiene verdadera jurisprudencia, nos emocionamos y nos renace la esperanza de un futuro promisisorio de la mano de jueces y abogados que exhiban sabiduría en sus juicios de valor jurídico. Este es el caso de la sentencia que aquí publicamos. Consignamos reverentes la cita al amado profesor Hernando Grisanti Aveledo.
USO INDEBIDO DE ACCIÓN PENAL PARA DESALOJO DE INMUEBLES
Esta doctrina de la Sala Constitucional puso coto a la aberrante "costumbre" que implantó la Fiscalía del Ministerio Público, conforme a la cual un Fiscal del Ministerio Público asumía, de hecho, las atribuciones de ejecución de un juez civil, sin que hubiera mediado un juicio de desalojo de un inmueble de uso comercial o de vivienda. Simplemente ordenaba la detención de los ocupantes del inmueble y bajo amenaza de juico penal inapelable, les ordenaba desalojar el inmueble en el término de 24 horas. Terorismo judicial puro y duro.
VERDADERA JURISPRUDENCIA SOBRE COBRO DE HONORARIOS DE ABOGADOS
El título de esta publicación pudiera paraecer provocador, como si quisiera decir que las publicadas aquí fueran las verdaderas y las demás no. En verdad, sólo quisimos destacar que no toda sentencia ni sus conclusiones estan informadas de jurisprudencia. Este vocablo, de raiz latina, reune dos de los conceptos básicos del derecho: lo que es recto conforme a la ley y lo que es sabio conforme a su interpretación. Una sentencia que no expresa sabiduría en su conclusión no se puede considerar jurisprudencia.