Por Yordan Ponce
“El Movimiento de Integración y Liberación
Homosexual (Movilh) presentó en el Tribunal Constitucional un Amicus Curiae favorable
al reconocimiento del matrimonio igualitario de una pareja chilena-española
casada en la provincia de Barcelona. Esto, luego que el Registro Civil se
negara a validar su vínculo en nuestro país.
En
el escrito, la abogada del Movilh, Mónica Arias, precisa que los artículos 12
de la Ley 20.830 que Crea el Acuerdo de Unión Civil y 80 de la Ley Nº 19.947
sobre Matrimonio Civil, son inconstitucionales toda vez que prohíben reconocer
enlaces contraídos en el extranjero solo en razón de la orientación sexual de
las parejas.
“Son
inconstitucionales, por atentar contra la dignidad del ser humano, ser
evidentemente discriminatorios, por vulnerar por sí mismo el derecho a la
integridad psicológica, derecho a la igualdad y derecho a la vida privada, como
asimismo, a diversos tratados internacionales que versan sobre derechos
humanos, vigentes y ratificados por el Estado de Chile, y que por mandato
constitucional deben ser incorporados al ordenamiento jurídico interno”, señala
el documento.
El
Amicus Curiae también añade que se vulnera “el derecho a la identidad y
derechos de los niños, niñas y adolescentes”, pues el matrimonio en cuestión
está esperando un hijo, a quien se privaría del reconocimiento de sus madres.
Por
último, precisó Arias, también se transgrede el Acuerdo de Solución Amistosa,
firmado en 2016 por Chile ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
en tanto en el mismo el Estado se obligó a impulsar el matrimonio igualitario.”
Tomado
de: AGRICULTURA, diario digital,
Chile