El Ministerio del Poder Popular para la Vivienda, el Hábitat y el Ecosocialismo1, bajo Resolución n.º 031, publicada en la G.O. n.º 40.508, de fecha 30 de septiembre de 2014, resolvió delegar en el ciudadano José Rafael Jiménez Villasana, en su carácter de Superintendente Nacional de Arrendamientos de Vivienda, la facultad de otorgar refugio familiar a aquél arrendatario y su núcleo familiar, sobre el cual recaiga sentencia definitivamente firme para desalojar la vivienda que habite.
Dicha atribución, ha sido impuesta de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, que expresamente nos indica: