LA NUEVA CONSTITUCIÓN SEGÚN PIÑERA: LOS 10 PUNTOS
"ESENCIALES"
Chile, 13 septiembre 2020
Por El Mostrador
“Basado
en opiniones de expertos cercanos a él, el Presidente Sebastián Piñera elaboró
un documento de tres páginas con diez aspectos que considera "esenciales"
para una nueva Constitución, a propósito del debate constitucional que tendrá
lugar este 25 de octubre y que, con el plebiscito, definirá si es que habrá o
no una nueva Carta Magna para Chile.
"La
Constitución no resuelve todos los problemas de la sociedad, pero sí debe ser
el marco institucional dentro del cual se desenvuelven la política, las leyes y
la vida en sociedad (...) no debe incluir un extenso listado de buenas
intenciones ni tampoco de reglamentaciones en detalle para cada institución. Ese
terreno le corresponde a la política y las leyes. No podemos pretender escribir
hoy y en forma rígida, todas las páginas del futuro", dice el documento
consignado por La Tercera.
Una
de las primeras reacciones al "decálogo" del Mandatario fue del
presidente del Partido Radical, Carlos Maldonado, quien dijo en Twitter que las
definiciones de Piñera "se parecen demasiado a la Constitución
actual". Según dijo, el jefe de Estado "no se atreve a decirlo, pero
confirma que está por el rechazo".
"Que
no pierda tiempo, contenidos de la nueva Constitución los definirá la
ciudadanía, en una Convención Constitucional", dijo el exministro de
Justicia del gobierno de Bachelet.
Según
el texto al que accedió el matutino, estos son los 10 aspectos planteados por
el Mandataria para la eventual nueva Constitución:
1. Rol del Estado
"Chile
debe ser una república democrática y con Estado de derecho, en la cual el
Estado sea más solidario y esté al servicio de las personas".
"El
Estado debe reconocer y amparar a los grupos intermedios, garantizando su
adecuada autonomía. Además, debe garantizar el derecho a desarrollar cualquier
actividad económica, respetando las normas legales que regulen dicha
actividad".
2. Familia
"La
familia es el núcleo fundamental de la sociedad y el Estado debe proteger el
derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos".
3. Derechos civiles y políticos
"Es deber
de los órganos del Estado respetar y promover los derechos humanos. Garantizar
la igualdad de todos ante la ley y la protección ante cualquier discriminación
o abuso".
"Algunos
derechos civiles y políticos fundamentales que debe consagrar nuestra
Constitución:
El derecho a la
vida y la prohibición de someter a una persona a tortura o tratos degradantes,
garantizando siempre su integridad física y psíquica”.
La
libertad de expresión, de pensamiento y de religión.
La
libertad de reunión pacífica y la libertad de asociación, lo que permite fundar
o ser parte de sindicatos u otras asociaciones.
La
libertad de movimiento, para moverse o permanecer en cualquier lugar del país.
La
presunción de inocencia, el derecho a un debido proceso y a una defensa
jurídica.
El
derecho a la propiedad privada, porque nadie puede ser privado de sus bienes y
derechos sino por una causa justificada y en virtud de una ley".
4. Derechos económicos, sociales y culturales
"Educación:
Deberá ser obligatoria y financiada por un sistema gratuito, hasta la educación
media. Las personas tienen el derecho de abrir establecimientos educacionales y
los padres el derecho de escoger el establecimiento para sus hijos.
Salud:
El Estado debe garantizar el acceso libre a las prestaciones de salud. Cada
persona debe tener el derecho a elegir el sistema de salud al que desee
acogerse, sea éste estatal o privado.
Pensiones:
El Estado debe tomar medidas para que todas las personas tengan pensiones que
les permitan vivir dignamente".
5. Sociedad inclusiva y diversa
"Nuestra
Constitución debe contemplar mayores mecanismos que permitan una participación
ciudadana temprana en algunas decisiones públicas que sean muy relevantes para
la Nación.
Además, debe
garantizar la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres,
incluyendo a las minorías sexuales.
La
Constitución debe incluir el reconocimiento de los pueblos originarios, pues es
un deber del Estado respetar su identidad, cultura y tradiciones ancestrales.
En Chile no
debe haber persona ni grupo privilegiado".
6. Orden público
"El deber
del Estado de garantizar el orden público y la seguridad nacional, dando
protección a la población y a la familia".
7. Medio ambiente
"El Estado
debe resguardar el medioambiente para las generaciones futuras, tomando medidas
concretas para avanzar en su cuidado. La Constitución debe consagrar el principio
del desarrollo sustentable".
8. Separación de los poderes del estado
"La
Constitución debe establecer la separación e independencia de los Poderes del
Estado, con mecanismos efectivos de pesos y contrapesos.
El
Estado debe respetar las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los
tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Además,
tendrá que reconocer la autonomía de órganos fundamentales para la República
como Ministerio Público, el Servel, la Contraloría o el Banco Central.
Es
necesario perfeccionar y modernizar el funcionamiento del Tribunal
Constitucional".
9. Responsabilidad de las autoridades y transparencia del Estado
"Los actos
de los órganos del Estado deben ser públicos y transparentes, que deben someter
su actuar a la Constitución.
La
Constitución debe consagrar el estricto cumplimiento al principio de probidad
en el ejercicio de la función pública.
Ninguna
persona puede atribuirse otra autoridad o derechos que los que expresamente se
les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.
La
responsabilidad fiscal y macroeconómica del Estado".
10. Descentralización
"La
descentralización de la administración del Estado. Para ello, los órganos del
Estado deben promover el fortalecimiento de la regionalización del país y el
desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas.
Es
necesario un compromiso decidido en favor del proceso de descentralización,
para lo cual debemos consagrar constitucionalmente y en forma mucho más
efectiva una real distribución de potestades locales, regionales y nacionales.
Decisiones políticas, administrativas y fiscales".
Tomado de diario EL MOSTRADOR, Chile