ELECCIÓN DE LOS NUEVOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

"La luz del entendimiento me hace ser muy comedido": dijo el poeta español. Saque usted sus conclusiones.

Publicado el Miércoles, 14 de Octubre de 2026.
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ELECCIÓN DE LOS NUEVOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Publica Abg. Rafael Medina Villalonga

Venezuela, catorce de octubre 2026

 

El artículo 264 de la Constitución Nacional prevé el procedimiento para elegir los magistrados del TSJ. A la letra, reza así:

“Artículo 264. Los magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia serán elegidos o elegidas por un único período de doce años. La ley determinará el procedimiento de elección. En todo caso podrán postularse candidatos o candidatas ante el comité de postulaciones judiciales, por iniciativa propia o por organizaciones vinculadas a la actividad jurídica. El Comité, oída la opinión de la comunidad, efectuará una preselección para su presentación al Poder Ciudadano, el cual efectuará una segunda preselección que será presentada a la Asamblea Nacional, la cual hará la selección definitiva.”

 

El 15 de septiembre de 2026, la asamblea de Jorge Rodríguez reformó la Ley Orgánica del TSJ. Publicada en la Gaceta Oficial N.º 7.074.

El cambio más importante de esa reforma fue elevar el “Comité de Postulaciones Judiciales” a 23 miembros: 11 miembros por la “comisión parlamentaria” y 12 miembros por “la sociedad civil”.

Por su parte, la “mesa de diálogo” dirigida por Dinora Figuera y Jorge Rodríguez, designó Otro Comité “de Recepción de Postulaciones Judiciales”, con el fin de recibir las credenciales de los aspirantes a magistrados del TSJ. Ese comité resultó integrado por siete miembros: tres chavistas y cuatro de “la sociedad civil”.

Dos de los cuatro representantes de la “sociedad civil” en el “comité de recepción de credenciales de aspirantes a magistrados del TSJ”, ocuparon cargos judiciales de alto nivel en los últimos 27 años. Así que su imparcialidad está bajo sospecha.

 Este comité tiene como única función recibir y verificar que las postulaciones de los aspirantes a magistrados del TSJ, cumplan los requisitos mínimos. Compiladas las postulaciones, pasarán las que cumplan los requisitos mínimos al “Comité de Postulaciones Judiciales”, integrado por 11 parlamentarios y 12 miembros de la sociedad civil.

Estas disparidades favorables a “la sociedad civil”, causó gran revuelo y algarabía en los sectores de la “oposición”: “¡Ahora SÍ!”. ¡Somos mayoría por fin! ¡Los tenemos acorralados!... ¡Cohetes y tolvanera!, dirían en mi pueblo en tardes de toros coleados.

“Alegría de tísico”, diría uno más sabio y ponderado.

Fíjense en el texto del artículo 264 constitucional. Allí se lee: “El Comité, oída la opinión de la comunidad, efectuará una preselección para su presentación al Poder Ciudadano…”.

El texto de la Ley Orgánica del TSJ, redunda en el mismo sentido.

No creo que ese comité tenga buen oído. Y si llegara a escuchar algo que plantee la “comunidad”, eso caería en saco roto. No hay peor sordo…

Los 12 representantes de la “sociedad civil”, aspirantes a conformar el “Comité de Postulaciones Judiciales”, ya están siendo entrevistados y seleccionados por una comisión parlamentaria designada al efecto por la Asamblea de Jorge Rodríguez.    

Este “Comité de Postulaciones judiciales” hará una primera preselección. Hecha la cual, la pasará al Poder Ciudadano.

El Poder Ciudadano se ejerce mediante el Consejo Moral Republicano, el cual agrupa a la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público (Fiscalía) y la Contraloría General de la República. Todos chavistas.

El Poder Ciudadano hará una segunda preselección, “que será presentada a la Asamblea Nacional (en pleno), la cual hará la selección definitiva.”.

“Con la señal de costumbre” … “¡aprobado por unanimidad!”

Quiere decir que el órgano que, en definitiva, va a elegir los nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia… ¡Es la Asamblea Nacional de Jorge Rodríguez!

“Desengáñese comadre, que no hay angelitos negros.” …  

Dijo el gran poeta venezolano.

 

 

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