CONDENADOS POR ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO, SIN BENEFICIOS PROCESALES.

Sala Constitucional

Publicado el Miércoles, 06 de Abril de 2016.
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Condenados por asalto a transporte público, sin beneficios procesales.

16 -0030 - Sentencia N° 245 del 29 de marzo de 2016, de la Sala Constitucional, bajo la ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, en la cual se estableció que la constitucionalidad del Parágrafo Único del artículo 357 del Código Penal, el cual exceptúa el otorgamiento de beneficios tanto procesales como de cumplimiento de pena a quienes sean procesados y condenados, entre otros delitos, por el de asalto a transporte público, está plenamente vigente; y por ello, los jueces y juezas de la República Bolivariana de Venezuela con competencia en materia penal y procesal penal están en el deber de considerar su aplicación en los casos sometidos a su conocimiento.

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