ACUERDO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN TRIBUTARIA
MUNICIPAL"
Sala Constitucional N° 118 / 18/8/2020
“Decisión: Se ORDENA a los Alcaldes suscriptores del acuerdo denominado
"Acuerdo Nacional de Armonización Tributaria Municipal" proceder en
el lapso de 30 días continuos siguientes a adecuar sus ordenanzas municipales
relativas a los tipos impositivos y las alícuotas de los tributos inherentes a
las Actividades Económicas, de Industria y Comercio e Índole Similar y los
atinentes a Inmuebles Urbanos y Peri Urbanos, a los parámetros establecidos en
el acuerdo. Notificar y remitir copia certificada de la presente decisión así
como del escrito y anexos a los Alcaldes no suscriptores de dicho acuerdo, a
los fines de que estos últimos dentro del lapso de 15 días continuos siguientes
procedan a manifestar su adhesión al acuerdo en cuestión.”