JUAN GERMÁN ROSCIO, EL ACTA DE INDEPENDENCIA Y LA 1a. CONSTITUCIÓN

EL TEÓRICO PRINCIPAL REDACTA LOS TEXTOS FUNDAMENTALES

Publicado el Domingo, 02 de Agosto de 2020.
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JUAN GERMÁN ROSCIO, EL ACTA DE INDEPENDENCIA Y LA 1a. CONSTITUCIÓN

Caracas 5 de julio de2020

                                                                                                 Por Rafael Arraiz Lucca

III


"Si seguimos sus pasos con atención, convendremos en que no exageran ni Bello ni Pérez Vila, ya que el papel principal de Roscio es indudable, por más que una historiografía de acento guerrerista haya enviado su memoria a las últimas filas del teatro. Es nombrado Secretario de Relaciones Exteriores de aquella primera junta emancipadora (es decir, el Primer Canciller que tuvo Venezuela), y luego formó parte del Congreso Constituyente instalado el 2 de marzo de 1811 en calidad de diputado. En todos estos meses escribió y discurrió oralmente a favor de las ideas de la emancipación con la pertinencia jurídica que lo caracterizaba.

El Congreso Constituyente le encarga la tarea histórica de ser el redactor, junto con Francisco Isnardy, del Acta de la Independencia, decidida el 5 de julio de 1811. Luego, integra la comisión redactora de la primera Constitución que tuvo la República de Venezuela, sancionada el 21 de diciembre de 1811. También, fue el redactor del Reglamento para la Elección de Diputados al primer Congreso de la Venezuela Independiente, en 1811, lo que lo erige como el pionero en materia electoral en Venezuela. Además, redacta el Manifiesto que hace al mundo la Confederación de Venezuela en la América Meridional de las razones en que ha fundado su absoluta independencia de la España, de cualquier otra dominación, extranjera, intentada y promovida el 19 de abril de 1810, y declarada el 5 de julio de 1811, formado y mandado publicar por acuerdo del Congreso General de las provincias unidas. Este texto es el sustento teórico más importante de aquellos momentos fundacionales de la República. De modo que, como vemos, de los hechos civiles principales de su tiempo, Roscio es el autor. Acta, Constitución, Sistema Electoral y Manifiesto.

Recuérdese que para estas fechas, Bolívar es un joven a quien la Junta envía a Londres con Bello y Luis López Méndez, en calidad de Embajadores que van a explicar la extraña situación provincial, como representantes de una Junta Defensora de los Derechos de Fernando VII, en oposición a los usurpados por Bonaparte. Ni siquiera al regresar Bolívar es Bolívar.

Por el contrario, la pérdida de la Primera República venezolana, en julio de 1812, lo tiene como lamentable protagonista de la derrota en Puerto Cabello, plaza que se ha perdido en sus manos. De modo que hasta diciembre de 1811 si alguien es figura principal de los hechos, ese es el doctor Roscio, el hombre de las ideas. El autor de una Constitución Federal a la que Bolívar culpó de ser la causa de la pérdida de la Primera República. Eso es lo que puede leerse en el Manifiesto de Cartagena.

En julio de 1812, con el triunfo de Domingo Monteverde y la consecuente pérdida de la Primera República, Roscio es hecho preso y enviado a España el 8 de septiembre de 1812. Mientras Bolívar se hace de un pasaporte que le confiere Monteverde en gratitud por la entrega de Miranda, en la fatídica noche del 31 de julio de 1812 en La Guaira. El joven caraqueño navega a Curazao y luego a Cartagena, donde redacta su famoso Manifiesto y comienza su estrella ascendente. Acaso la entrega de Miranda a Monteverde sea el hecho más vergonzoso de la vida de Bolívar, aunque algunos consideran más sombrío todavía el fusilamiento de Piar en Angostura, en 1819. En todo caso, “quien esté libre de pecados que lance la primera piedra.”

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