LAS COSTAS SON UNA MATERIA QUE
NO FORMA PARTE DE LA SENTENCIA
Chile, 12 de marzo 2022
Por Diario Constitucional.cl
“La Corte Suprema declaró
inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia de la
Corte de Concepción que acogió un recurso de protección, sin embargo, no
condenó en costas a la recurrida.
La Corte de Concepción
acogió la acción cautelar interpuesta en contra de un sujeto que realizó
publicaciones que la actora estimó injuriosas, divulgó imágenes del rostro de
ésta, además de información personal y privada.
Lo anterior, al considerar
que las publicaciones efectuadas, así como los comentarios proferidos por la
recurrida, poseen la entidad suficiente para vulnerar el derecho a la honra de
la actora, y le ordenó eliminar de su Facebook la publicación vulneratoria de
derechos, sin condenar las costas.
En contra de la sentencia,
el actor interpuso recurso de apelación, el que tuvo como objeto que se
condenara en costas a la recurrida, toda vez que, a su juicio, no tuvo motivos
plausibles para litigar.
La Corte
Suprema declaró inadmisible el recurso de apelación, debido a que las costas
son una materia que no forma parte de la sentencia.
Refuerza
lo sostenido el hecho de que el numeral 11 del Auto Acordado sobre tramitación
y fallo del recurso de protección establece que tanto la Corte de Apelaciones
como la Corte Suprema, cuando lo estimen procedente, podrán imponer la
condenación en costas, sin que se establezca respecto de la decisión de la Corte
de Apelaciones en este extremo la procedencia de recursos.”